La normativa uruguaya sobre los servicios de seguridad privada regula quién puede prestar estos servicios, cómo debe hacerlo y qué obligaciones legales tienen tanto las empresas de seguridad como el personal que trabaja en ellas. Esta regulación se enmarca principalmente en una ley específica y en su reglamentación, con el fin de garantizar que la seguridad privada sea una actividad profesional, responsable y complementaria a la seguridad pública.
Ley principal que regula la seguridad privada
La base legal actual es la Ley N.º 19.721 de 21 de diciembre de 2018, que tiene como objetivo regular el trabajo en la seguridad privada, entendiendo esta actividad como medidas preventivas, vigilancia y protección de personas y bienes dentro de ámbitos delimitados, entre otras funciones.
Ámbito y propósito
La ley define a la seguridad privada como una actividad preventiva y complementaria a la seguridad pública, destinada a proteger personas y bienes en espacios determinados por contrato o por obligación legal.
Quiénes deben cumplirla
Están incluidas tanto las empresas que prestan servicios de seguridad privada como los trabajadores (guardias, encargados y jefes de seguridad), así como también actividades relacionadas como instalación de sistemas de seguridad, transporte de valores y protección personal.
Habilitación y autorización
La normativa exige que:
- Las empresas de seguridad privada estén habilitadas por el Ministerio del Interior, específicamente ante la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DIGEFE), como requisito para operar legalmente en Uruguay.
- El sistema de seguridad utilizado por la entidad (guardias, tecnología, procedimientos) debe contar con los recursos tecnológicos y materiales pertinentes autorizados por el Ministerio del Interior.
- La habilitación de las empresas se otorga por un periodo determinado, que puede requerir renovación periódica para continuar operando.
Requisitos para el personal de seguridad
La normativa también establece requisitos para quienes trabajen en seguridad privada:
- El personal debe estar habilitado por el Ministerio del Interior y, por lo general, se inscribe en un registro oficial para poder desempeñar sus funciones.
- Los guardias deben cumplir requisitos mínimos como tener más de 18 años, educación formal mínima (primaria completa) y condiciones físicas y psíquicas compatibles con la labor. En caso de guardias armados, se exigen requisitos adicionales como formación específica.
- El personal debe portar un carné visible que lo identifique como trabajador de seguridad privada y usar un uniforme diferenciado del de la Policía o Fuerzas Armadas.
Funciones y ámbitos de actuación
La Ley 19.721 define que los trabajadores de seguridad privada realizan tareas como:
- Protección de personas y bienes.
- Vigilancia y custodia de espacios o áreas determinadas.
- Transporte de valores.
- Instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad.
Actividades y servicios regulados
La reglamentación (como el Decreto N.º 35/022, que reglamenta la Ley 19.721) precisa qué servicios pueden prestar legalmente las empresas de seguridad:
- Vigilancia y protección de personas y bienes.
- Servicios de protección personal.
- Transporte y custodia de valores.
- Instalación y servicios de videovigilancia.
- Importación, distribución y venta de elementos de seguridad.
Obligaciones y colaboración con autoridades
La normativa uruguaya también establece que las empresas de seguridad privada deben colaborar con la Policía Nacional y autoridades competentes cuando así se requiera, ya que su función es complementaria y no sustituye las funciones del Estado.
Responsabilidad de la empresa contratante
La legislación uruguaya extiende ciertas responsabilidades a quienes contratan servicios de seguridad privada. Por ejemplo, empresas que contratan estas prestaciones pueden ser responsables por multas impuestas a los proveedores si derivan del servicio que reciben.
Fiscalización y cumplimiento
La Dirección General de Fiscalización de Empresas del Ministerio del Interior supervisa el cumplimiento de la normativa, las habilitaciones, las condiciones laborales del personal y el correcto funcionamiento de los servicios de seguridad privada.
Conclusión general
En Uruguay, la seguridad privada está regulada de forma detallada para asegurar que se preste de manera profesional, con requisitos claros de habilitación, formación y funcionamiento. Esto garantiza que las empresas y trabajadores operen dentro de un marco legal, que complementen la seguridad pública y protejan tanto a clientes como a la sociedad en general.
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